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El Gobierno promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil: baja la imputabilidad a los 14 años

09/03/2026 08:06 - Politica

El presidente Javier Milei oficializó la Ley 27801 tras su aprobación en el Senado con 44 votos a favor. La normativa reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y establece un sistema de penas orientado a la educación y resocialización, con la privación de libertad como último recurso.

Una nueva era en la justicia penal juvenil

El presidente Javier Milei promulgó oficialmente la Ley 27801, conocida como el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La normativa fue publicada en el Boletín Oficial mediante el Decreto 138/2026 y representa una de las victorias legislativas más significativas del oficialismo en las sesiones extraordinarias del Congreso.

La ley había sido sancionada previamente por el Senado con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, en una sesión que fue seguida de cerca por familiares de víctimas de delitos cometidos por menores de edad.

Los cambios clave

  • Edad de imputabilidad: Se reduce de 16 a 14 años
  • Penas perpetuas: Quedan expresamente prohibidas
  • Antecedentes permanentes: No podrán imponerse
  • Privación de libertad: Último recurso a aplicar
  • Alojamiento: En dependencias especiales, separados de adultos

Principios fundamentales

  • Enfoque en educación y resocialización
  • Integración social y trabajo como objetivo
  • Comprensión y arrepentimiento por la conducta punible
  • Prevención de reincidencia delictiva
  • Especialización obligatoria de operadores judiciales

¿Qué es la imputabilidad penal?

La imputabilidad es la capacidad de una persona para ser considerada responsable penalmente por sus actos ante la justicia. En Argentina, hasta ahora, los menores de 16 años no podían ser sometidos a un proceso penal, independientemente de la gravedad del delito cometido. Con esta nueva legislación, los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser procesados penalmente, aunque bajo un régimen especial diferenciado del sistema penal adulto.

Protección de los derechos de las víctimas

La Ley 27801 incorpora de forma expresa el reconocimiento de los derechos de las víctimas y personas perjudicadas por hechos ilícitos cometidos por adolescentes. Entre los principales derechos se establecen:

Información: Derecho a recibir información clara y oportuna sobre el avance de la causa

Participación: Posibilidad de participar activamente en las etapas procesales

Reparación: Acceso a mecanismos de reparación del daño causado

Además, la normativa habilita la responsabilidad civil de los progenitores o responsables legales del adolescente cuando este cause daños, quienes deberán responder patrimonialmente según lo determine la sentencia judicial.

Garantías procesales y plazos

La legislación establece que los procesos deben tramitarse con premura, priorizando los casos en los que el imputado se encuentre detenido con prisión preventiva. La dilación injustificada será considerada una falta grave del magistrado interviniente y motivará la remisión de antecedentes al ámbito disciplinario correspondiente.

Para los menores inimputables (menores de 14 años), el texto dispone intervención judicial para investigar el hecho y aplicar medidas curativas o protectoras, siempre bajo la órbita de la justicia civil.

Especialización de operadores judiciales

La ley establece la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil, garantizando así un abordaje adecuado y especializado de los casos que involucran adolescentes en conflicto con la ley penal.

Fuente: Infobae | Boletín Oficial

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